Roles de Asuntos en Estado de Tabla

Ordenados de acuerdo a la fecha del decreto autos en relación, sin perjuicio de las preferencias que el Tribunal determine en conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 de su Ley Orgánica Constitucional y en el Auto Acordado sobre ingresos, formación de tablas y vista de las causas, publicado en el Diario Oficial, de 3 de diciembre de 2009.

1.- Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Construcciones Especializadas Limitada respecto del artículo 472 del Código del Trabajo, en el proceso RIT J-41-2021, RUC 21-3-0053019-K, seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Concepción, por recurso de hecho, bajo el Rol N° 331-2021 (Laboral Cobranza). Relator: Sebastián López Magnasco.

340.- Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Caja de Previsión de la Defensa Nacional, respecto de la frase “Tampoco, en contra de la sentencia que se dictare en el nuevo juicio realizado como consecuencia de la resolución que hubiere acogido el recurso de nulidad”, contenida en el del artículo 482, inciso final, del Código del Trabajo, en el proceso RIT O-377-2019, RUC 19-4-0171690-7, seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Concepción, por recurso de apelación, bajo el Rol N° 516-2021 (Laboral Cobranza). Relator: Lino Riffo Díaz

341.- Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Barbara Marcela Reydet Parra respecto del artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal, en el proceso penal RUC N° 2010064753-3, RIT N° 1802-2020, seguido ante el Juzgado de Garantía de Villarrica, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Temuco, por recurso de apelación, bajo Rol N° 1128-2021 (Penal). Relator: Lino Riffo Díaz

342.-  Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Canal 13 SpA respecto del artículo 33, N° 2, de la Ley 18.838 que crea el Consejo Nacional de Televisión, en el proceso Rol N° 598-2021 (Contencioso Administrativo), sobre recurso de apelación, seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Relator: José Francisco Leyton Jiménez

343.- Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por AFP Capital S.A. respecto del artículo 470 del Código del Trabajo, en el proceso RIT J-88-2021, RUC 21-3-0136755-1, seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Concepción, por recurso de apelación, bajo el Rol N° 542-2021 (Laboral Cobranza). Relator: Lino Riffo Díaz

PUBLICACIÓN AUTO ACORDADO, TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA

Se comunica a todos los abogados que con esta fecha ha entrado en vigencia el Auto Acordado de Tramitación Electrónica.

Aspectos relevantes a considerar:
Carga de designar correo electrónico de notificación: En la primera presentación las partes deberán designar un medio de notificación electrónica, destinado para las notificaciones.

Patrocino y poder: Podrán constituirse mediante firma electrónica simple o avanzada. En el primer caso, deberá ratificarse ante el ministro de fe del tribunal por vía remota mediante videoconferencia. A tales efectos, debe enviar la solicitud para realizar su coordinación a los teléfonos: (56-2) 2721 9212 / (56-9) 8382 5823

Tratándose del mandato judicial, opera la misma regla señalada precedentemente.
 
*Es importante destacar que para el correcto ingreso a la tramitación electrónica, acceda solo directamente al enlace ubicado en el botón destacado en el inferior de esta ventana.
 
**Momentáneamente el servicio de clave única no está disponible para el ingreso a la plataforma, no obstante debe ingresar con su usuario de sistema del Tribunal. Si usted no posee dichas credenciales favor solicitarla al correo:  soporte@kpitec.cl
 
Atentamente, 
Secretaría Abogada
Tribunal Constitucional
 

Regístrese o active sus claves de ingreso en este link, siguiendo las instrucciones de uso de la plataforma en el siguiente Manual de ingreso de Requerimientos. En caso de poseer credenciales previas se  solicita seguir los pasos para su recuperación conforme indica el manual.