En la tarde del jueves 28 de agosto de 2025, las Ministras y Ministros del Tribunal Constitucional (TC), se reunieron en sesión ordinaria de Pleno en la Región del Biobío, para la vista de tres causas de la zona. La audiencia tuvo lugar en el Salón “Ministro Eleodoro Ortiz Sepúlveda” de la Ilustrísima Corte de Apelaciones (ICA) de Concepción, institución que prestó sus instalaciones a efectos de colaborar con la iniciativa y fortalecer el acceso a la justicia constitucional en la región. Este Tribunal tiene un mandato para ejercer jurisdicción constitucional en todo el territorio nacional y se hace efectivo en esta política que pretende acercar la justicia constitucional, a quienes habitan en distintas regiones del país.
La Presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Ministra Daniela Marzi Muñoz, señaló que, si bien la sede de funcionamiento está en Santiago, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, éste Órgano “funcionará en la capital de la República o en el lugar que, excepcionalmente, el mismo determine”, mandato que estamos llamados a ejercer y que ha sido interpretado como un medio que el legislador ha previsto para asegurar la continuidad funcional de la Institución y que se utiliza, en esta oportunidad por primera vez en Concepción, para acercar la justicia constitucional a las personas que habitan nuestro territorio, como ya se ha realizado en Antofagasta, Talca y Valparaíso (por segunda vez el año 2023).
En el salón de Pleno de la Corte de Apelaciones de Concepción, sesionó en forma excepcional el Pleno de Ministras y Ministros del TC y de modo presencial. En la oportunidad, tuvo lugar la vista de tres causas, cuyas gestiones pendientes tienen su origen en la Región del Biobío. La primera en tabla fue el Rol N° 16.129-25-INA, y corresponde a un recurso de inaplicabilidad presentado por Falabella Retail S.A.
La segunda vista recayó en el Rol N° 16.166-25-INA, requerimiento que fue presentado por Sociedad Comercial Boero y Boero Limitada, solicitando se declare inaplicable un artículo del Código del Trabajo en este caso concreto.
Por último, el Tribunal conoció de la causa Rol N° 16.210-25-INA, requerimiento que fue presentado por la Corporación de Salud y Desarrollo Social, solicitando se declare inaplicable el artículo 495, inciso final del Código del Trabajo y el artículo 4°, inciso primero, de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Todas estas causas son requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de las normas que en cada caso se solicitan.
Previo a las vistas, la Presidenta del TC, Ministra Daniela Marzi, realizó un saludo protocolar al Presidente de la ICA de Concepción, Ministro Camilo Álvarez Órdenes. Acto seguido, la máxima autoridad de la Corte de Apelaciones en el Biobío saludó a todo el Pleno de la Magistratura Constitucional.
A las audiencias concurrieron como público, cerca de cien estudiantes de derecho, con una significativa representación de las Facultades de la Región, correspondiente a la Universidad de Concepción, Universidad de la Santísima Concepción y Universidad del Desarrollo.