MINISTRA MARCELA PEREDO ROJAS PARTICIPÓ EN EL SEMINARIO INTERNACIONAL “LA VÍCTIMA DEL DELITO DESDE LA PERSPECTIVA CONSTITUCIONAL”

La Ministra del Tribunal Constitucional (TC) , Marcela Peredo Rojas, participó en la actividad junto con otros jueces constitucionales que pertenecen a la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional (CIJC). En dicho seminario, que fue organizado por la CIJC y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la jueza constitucional de esta Magistratura, dictó una ponencia sobre el estatuto de la víctima en el proceso penal chileno, en la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.

La Ministra Peredo fue invitada a participar en el seminario internacional “La víctima del delito desde la perspectiva constitucional”, que se desarrolló, entre el 2 y 4 de septiembre, en el Centro de Formación de la Cooperación Española en Montevideo, Uruguay. En la instancia, la representante de este Tribunal, expuso sobre el estatuto de la víctima en el proceso penal chileno. Marcela Peredo explicó que en el mundo se ha dado un fenómeno de constitucionalización de los derechos de las víctimas y que aquello tiene como consecuencia que algunas constituciones del mundo reconozcan expresamente a las víctimas y sus derechos. Este fenómeno ha ocurrido en nuestro país, ya que “la Constitución chilena reconoce el derecho a la asesoría y defensa jurídica de las víctimas de delitos, así como su derecho a ejercer la acción penal” explicó la Ministra.

Luego, la jueza constitucional chilena se refirió a múltiples sentencias dictadas por esta Magistratura relacionadas con el estatuto constitucional de las víctimas. En su ponencia, la Ministra Peredo se refirió a requerimientos de inaplicabilidad presentados por víctimas ante el TC, que, cuando el Ministerio Público decide no perseverar en la investigación de una causa desformalizada, no pueden continuar con los procesos penales que buscan determinar la responsabilidad penal por los delitos que ellas han sufrido. En esos casos, “los querellantes no pueden continuar con la investigación ni tampoco forzar acusación para seguir con el proceso penal, por lo que, usualmente, se vulnera el derecho constitucional de las víctimas a ejercer acción penal” dijo la Ministra.

Además, abordó el fundamento de los fallos actuales del Tribunal en los que se razona sobre la facultad exclusiva del Ministerio Público de dirigir la investigación penal.

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